El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha emitido la Orden APA/524/2025, por la que se dispone la inclusión de diversas variedades hortícolas y de vid en el Registro de Variedades Comerciales, de acuerdo con lo establecido en los artículos 45 y 46 del Real Decreto 170/2011.

✅ ¿Qué significa esta orden para el sector agrícola?

La inscripción en el Registro de Variedades Comerciales supone que dichas variedades han superado con éxito las evaluaciones técnicas correspondientes (DHE: Distinción, Homogeneidad y Estabilidad), y están autorizadas para su producción, comercialización y utilización a nivel nacional.

🌱 Variedades incluidas en el Anexo I:

🟢 Calabacín

  • ABERTO (Inscripción definitiva)

🧅 Cebolla (inscripción provisional)

  • ARARA
  • TERENA

🥒 Pepino

  • AGSIERRA (Inscripción definitiva)

🍅 Tomate (Inscripción definitiva)

  • BANNAOURA
  • BARRONTO
  • COLGATOM
  • EFFIE
  • GATO
  • MAGNETO
  • MULATO PASION
  • PINK SOUL
  • ROSENDE
  • SARRISTRA

🍇 Vid (Vitis vinifera)

  • LAMBRA
  • VAREIA

👨‍🔬 ¿Por qué es importante para técnicos y asesores?

  • Control varietal: Permite asegurar que las variedades utilizadas en campo están debidamente registradas, evitando problemas legales y de trazabilidad.
  • Recomendación técnica: Posibilita informar al agricultor sobre nuevas opciones genéticas con respaldo legal y técnico.
  • Acceso a ayudas y certificaciones: En muchas convocatorias de ayudas PAC y certificaciones de producción vegetal se exige que las variedades utilizadas estén inscritas oficialmente.

🗓️ Efecto legal

La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación (27 de mayo de 2025). La información técnica detallada de estas variedades está disponible en la Subdirección General de Medios de Producción Agrícola y Oficina Española de Variedades Vegetales.

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