🔍 Contexto y propósito

El Ministerio de Agricultura adapta la normativa nacional a la actualización de la Directiva de Ejecución (UE) 2025/145, incorporando nuevas plagas no cuarentenarias reguladas por la UE. El objetivo es reforzar el control y la trazabilidad del material vegetal, minimizando riesgos sanitarios en esquejes e injertos.

🦠 Cambios clave en plagas reguladas

  • Se incluyen:
    • Tobacco ringspot virus (virus del mosaico anular del tabaco)
    • Tomato ringspot virus (virus de la mancha anular del tomate)
    • Pucciniastrum minimum (hongos en Vaccinium)
  • Se elimina:
    • Agente del mosaico de la higuera (ya no figura en el anexo I modificado)

⚙️ Ajustes a anexos y procedimientos

  1. Anexo I: Se actualiza el catálogo de plagas y se retiran las equivocaciones sobre especies reguladas
  2. Anexo II bis: Nueva tabla consolidada que clasifica por especie y tipo de plaga no cuarentenaria
  3. Anexo II quater: Establece protocolos homogéneos para viveros según categoría (Inicial/Base/Certificada/CAC), definiendo:
    • Frecuencia de inspecciones visuales (1–2 veces/año)
    • Ensayos de laboratorio cada 3–20 años, según plaga
    • Necesidad de zonas libres de patógenos y eliminación inmediata de plantas sintomáticas

🧾 Impacto para técnicos y viveristas

  • Viveristas: deberán implementar los nuevos procedimientos de muestreo, ensayos y autocontrol, documentando cada fase con rigor.
  • Técnicos agrícolas: su papel en la inspección visual, toma de muestras y detección temprana es crítico. Asimismo, deben realizar registros precisos para posibles auditorías.
  • Sector frutícola: se blindan las cadenas de certificación y se mitiga la introducción de virus y hongos en plantaciones futuras.

✅ Valor añadido

  • Alineamiento con estándares europeos actualizados
  • Mayor seguridad fitosanitaria y trazabilidad del material vegetal
  • Uniformidad en los controles, reduciendo errores administrativos
  • Base sólida para futuras actualizaciones o contingencias sanitarias

Conclusión:
La Orden APA/775/2025 establece un nuevo marco riguroso y profesional para la gestión fitosanitaria en viveros. Técnicos y viveristas deben adaptarse a protocolos más exigentes, garantizando una mayor calidad y seguridad en el material vegetal frutal.

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