📌 Antecedentes
La Orden APA/383/2025, aprobada el 22 de abril, regulaba ayudas extraordinarias para compensar la pérdida de renta en explotaciones agrarias dañadas por la DANA ocurrida entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, conforme al Real Decreto‑ley 7/2024. Inicialmente, las ayudas financiadas por el Reglamento UE 2025/441 solo podían destinarse a la línea 3.5.a y requerían que el beneficiario fuese elegible para la PAC 2024 .
🧱 Cambios introducidos por la Orden APA/847/2025
- Ampliación de uso de fondos UE
Se suprime la restricción que limitaba la financiación comunitaria exclusivamente a la línea 3.5.a. A partir de ahora, todos los programas contemplados en el artículo 3.5 de la orden se podrán financiar con los fondos del Reglamento UE 2025/441 . - Supresión del requisito PAC 2024 para ciertos beneficiarios
La modificación elimina la exigencia de que los beneficiarios de las ayudas previstas en el artículo 3.5.b sean elegibles para las ayudas directas de la PAC 2024. Esta restricción resultaba inapropiada, pues esas ayudas no dependen de superficie declarada ni de la elegibilidad PAC .
🎯 Impacto para técnicos agrícolas
- Mayor alcance: explotaciones que no cumplían requisitos PAC podrán ahora recibir compensaciones por daños ocasionados por la DANA.
- Uso más eficiente de recursos comunitarios: se aprovecha la flexibilidad del Reglamento UE 2025/441 para abarcar todas las líneas de ayuda establecidas.
- Menor carga burocrática: la eliminación del requisito PAC agiliza los procedimientos administrativos y acelera el acceso a las ayudas.
📅 Entrada en vigor
La orden entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, permitiendo su aplicación inmediata en las convocatorias vigentes y pendientes de resolución .
