Resumen para técnicos agrícolas
El MAPA publica la Orden APA/923/2025 (13 de agosto) por la que se conceden títulos de obtención vegetal en el Registro de Variedades Protegidas. La orden se dicta al amparo de la Ley 3/2000 (art. 32) y del régimen transitorio de solicitudes previas, y otorga protección a tres variedades detalladas en anexo, con duraciones de protección específicas hasta 2050/2055. Firma, por delegación, la Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria.


🧾 Base legal y alcance

  • Competencia y procedimiento: la tramitación y concesión de títulos corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (art. 32, Ley 3/2000). Las solicitudes anteriores a la entrada en vigor de la ley se resuelven conforme a la normativa vigente en su fecha de presentación.
  • Acto de concesión: la orden dispone la concesión del título para las variedades cuyas denominaciones figuran en el anexo.

🌱 Variedades concedidas (Anexo oficial)

EspecieDenominaciónNº de títuloDuración de la protecciónSolicitante
Arroz (Oryza sativa L.)GARCETA003221Hasta 31-12-2050IVIA
Girasol (Helianthus annuus L.)159R003222Hasta 31-12-2050GU Green Union Ltd.
Mandarino clementino (Citrus clementina)VALNAI003223Hasta 31-12-2055Variedades Protegidas Valnai, S.L.

(Extracto fiel del anexo de la Orden APA/923/2025).


🔎 Implicaciones prácticas para el sector

  • Material vegetal protegido: la producción, multiplicación y comercialización de material de reproducción de estas variedades queda sujeta a autorización del titular del derecho, con los efectos habituales de la protección de obtenciones vegetales.
  • Gestión de plantaciones y viveros: actualizar catálogos, contratos de suministro y etiquetado para reflejar el estatus de variedad protegida y sus condiciones de uso.
  • Asesoría técnica: incorporar la nueva protección a planes varietales, recomendaciones de implantación, y a la gestión de licencias/royalties con obtentores.

📌 Detalles administrativos

  • Fecha y referencia oficial: BOE núm. 198, lunes 18 de agosto de 2025; Orden APA/923/2025 (Madrid, 13 de agosto). Firmado por la Secretaría General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, por delegación (Orden APA/1511/2024).

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