El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha emitido la Orden APA/571/2025 mediante la cual se amplían y reconocen nuevos parajes vitícolas bajo la figura de «viñedo singular» dentro de la Denominación de Origen Calificada (DOCa) Rioja.
🧭 Contexto normativo
Esta disposición se enmarca en lo establecido por:
- La Ley 6/2015, de Denominaciones de Origen supraautonómicas.
- El Real Decreto 267/2017, que detalla los requisitos técnicos y administrativos para el reconocimiento de estos viñedos.
- El propio pliego de condiciones de la DOCa Rioja, que exige que el «viñedo singular» tenga características agrogeológicas y climatológicas únicas y diferenciadoras.
✅ Reconocimientos aprobados
- Ampliaciones de delimitación:
- SÍNODO RAPOSERAS (Uruñuela, La Rioja)
- SÍNODO CENTALES (Uruñuela, La Rioja)
- Nuevos viñedos singulares reconocidos:
- QUEIRÓN LAS ENGALLADAS (Alfaro, La Rioja)
- JMA TAN ANTIGUO Y TAN NUEVO (Baños de Ebro, Álava)
Cada uno de estos viñedos se ha validado conforme a su referencia en el SIGPAC, cumpliendo con los criterios topográficos, varietales y de calidad exigidos por la normativa.
🛠️ Corrección de errores técnicos
Además, se corrige una imprecisión técnica en la Orden APA/816/2019, relacionada con la identificación del recinto VS-51 de Sínodo Raposeras. Se actualizan las coordenadas geográficas del polígono correspondiente para garantizar la correcta georreferenciación.
📌 Importancia para técnicos agrícolas
Este tipo de reconocimiento no solo supone un valor añadido para la comercialización diferenciada del vino, sino que además implica:
- Trazabilidad reforzada a nivel de parcela.
- Exigencias más estrictas en manejo del viñedo y prácticas agronómicas.
- Posibilidad de introducir mejoras en la gestión de ayudas, certificaciones y control de calidad.
📅 Recursos y alegaciones
La orden pone fin a la vía administrativa. Los interesados disponen de:
- 1 mes para interponer recurso de reposición.
- 2 meses para recurso contencioso-administrativo.
